el alcohol cero profesional, estaría viciado de nulidad |
En estos días se está debatiendo en diputados, la modificación a la ley nacional de tránsito y al código penal, para establecer el alcohol cero, a la hora de conducir un vehículo. La llamada ley seca, para conducir. Lo cierto es que gran parte o porque no la mayoría, no conoce de la legalidad o efectividad de los procedimientos de control, que se aleja de lo que podríamos llamar un procedimiento legal o transparente. Es cierto que el consumo de alcohol se ha transformado en un flagelo mundial y que tal como nosotros apoyamos, NO se debe conducir habiendo bebido previamente, esto debe quedar claro. Es como dice el Ing. Pons, especialista en Seguridad Vial y director de OVILAM, alcohol CERO SI, alcoholemia CERO NO, ya que la alcoholemia es medir el alcohol en sangre. Son dos cosas totalmente distintas aunque parecen sutiles. En una acelerada carera para sacar la Ley seca, de alcohol cero, impulsada por familiares de víctimas de accidentes de tránsito, se incurre por “apetencia políticas” en dos graves errores. Errores que pueden costarle al estado tanto nacional, provincial, como municipal, graves consecuencias económicas. En primer lugar no es cierto lo que se pregona de 1 de cada 4 muertes, son a consecuencia del alcohol.
el Dr. Carignano Pte. de la ANSV impulsa el alcohol cero |
El alcohol al volante es uno de los factores que pueden provocar accidentes pero no el principal. Es más por datos oficiales de la ANSV de año 2019, menos del 30% de los siniestros son provocados por alcohol al volante. Ahora que ocurre con el otro 70% como exceso de velocidad, sueños, distracción, infraestructura deficiente, vehículos n más estado, etc., no cuenta este porcentaje. Porque tanto énfasis en el alcohol cero, que hay detrás de todo estos…? La ONG de victimas solo se preocupa por el alcohol y el resto…? El Director de la Agencia Nacional de Seguridad vial se preocupa solo por el alcohol cero… y por las otras causales?... El alcohol cero tiene una gran fuerza mediática y política que todos los políticos aman… Esto les da visibilidad, los muestran preocupados por una realidad, que no existe. Lo que si existe es la mediatización de casos puntuales de consumo de alcohol elevado, mediatizado. Pero no solo eso, los Diputados y la misma ANSV, saben de la inexistencia de alcoholímetros en muchas ciudades y Provincias del país, con lo cual la ley seca, de no tener los suficientes controles y alcoholímetros se transformar en una ley de letra muerta, por su inaplicabilidad. Es decir queremos alcohol cero y no tenemos los suficientes controles que se deben realizar.
los alcoholímetros no miden cero tienen error |
Dicho estos ahora voy a la parte neurálgica de este tema. Los alcoholímetros no pueden medir cero… Dado su funcionamiento, estos tienen un margen de error que puede no medir, correctamente y no habiendo bebido nada, aun puede marcar consumo.. Entonces como ciudadano quedare expuesto a una situación donde mis derechos pueden quedar vulnerados. Toda vez que sin beber puede marcar y como consecuencia de ello ser injustamente sancionado. Y no solo eso, al modificarse la ley penal, voy a ser declaro culpaba tal vez en un siniestro, donde me hicieron una prueba con alcoholímetro, sin haber bebido alcohol alguno. Esto puede acarrear grande problemas al Estados ya que al haber sancionado un ley a sabiendas que técnicamente no puede medir dicho valor, llevara a que se pueda plantear la inconstitucionalidad de la ley, ya que afecta gravemente nuestro derecho e defensa, toda vez que para ser condenado, la condena se debe basar en una prueba fehaciente, lo que no se lo permite el aparato alcoholímetro. Ya que solo una prueba de sangre s la que arrojaría el valor exacto, realizado en un cromatógrafo gaseoso, si solo sí. Lo que casi nunca ocurre. Pero no solo eso, los juicios contra el estado pueden llegar de la mano también de los conductores profesionales de camiones, taxis, remixes, etc., que pueden ser controlados y sancionados, ya que el alcohol cero establecido para los profesionales cuenta con los mismos errores de medición. Por eso los proyectos serios sobre alcohol al volante no hablan de cero, sino de un limite de 0,2 0 0,3 g/l de sangre, que es lo mas adecuado y que compensa cualquier error en la medición.
el Pte. de la AVSV y Madres del Dolor impulsan el alcohol cero nacional |
Esto que afirmamos no lo decimos nosotros por nuestra propia cuenta, el mismo INTI que es el organismos que se encarga de la calibración y correspondiente homologación e los equipos, ha circulado un informe donde advierte del error de los alcoholímetros y que no es conveniente que se mida cero. Entonces nos preguntamos quién miente al respecto, los que alertamos de estas anomalías que pueden perjudicar a todos los ciudadanos o los políticos que quieran seguir haciendo política con la seguridad vial… Y finalmente quien se hará responsable de los juicios en contra que puede recibir el estado, los políticos, que aprobaron con su voto esta modificación sin sentido o los ciudadanos con nuestros impuestos, Ud, vio alguna vez a un político pagar algo de su propio pecunio, no, se me parece…
FALTA CONTROLES: de algo estamos seguros, la conducción luego de haber bebido alcohol, se da por varios motivos. En primer lugar falta de conciencia y respeto de la ley, de parte de los conductores, falta de educación vial y lo ma importante la falta de controles de parte de la autoridad. Hay Diputados de algunas provincias que han denunciado la falta de alcoholimetros en sus provincias y en algunas ciudades importantes se cuenta con uno solo o a lo sumo 2. Es inaplicable bajo esta situación cualquier limite de alcohol para conducir, que quede claro.
INTI: En el caso de un alcoholímetro, el margen de
error máximo establecido y aceptado por la legislación argentina es de 0,041
gramos de alcohol por litro de sangre en condiciones de laboratorio. Esto fue
ratificado recientemente por el director de Metrología Legal del Instituto
Nacional de Tecnología Industrial (INTI), que es el organismo encargado de la
calibración de todos los alcoholímetros del país. El apartado 4 de la Resolución 145/2012 establece que el
error máximo permitido es de 0,041 g/l sangre, por lo tanto no es aconsejable establecer
como límite legal 0,00 g/l sangre. La tolerancia que se aconseja en los equipos
es de 0.05 g/l sangre. Dicho en otras palabras no es cero.
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