Este año el 31 de Diciembre termina la que llamamos la fiesta de la tipificación de escalables. Una maniobra que fue llevada adelante en aquellos años por CATAC y que luego adhirió FETRA, FADEEAC y que permitió las locuras de Argentina, que camiones con 200 CV arrastraran 52,5 TN…. Mi pregunta, quien se hace responsable de este desmadre, ya que la potencia hace a la seguridad vial. Cuando salido la Ley de escalabilidad, enseguida levantaron las voces de queja muchos transportistas mencionando “la injusticia” que sería la aplicación de esta ley. Entonces a los “salvadores” se le ocurrió la brillante ida de escalar camiones de baja potencia, menos de 6 CV como era la exigencia de los camiones con PBT de entre 49,5 TN y 55, 5 TN.
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| se terminan los escalables de baja potencia |
Esto llevo a
que cuando estaba por vencer esta disposición de excepción, en el 2023, se
prorrogo hasta finales del 2026, con la salvedad que la relación peso –
potencia sería de 5 CV por TN, pero como todo en la vida “se termina”. Así que
no digas que no te avisamos, que hasta el 31 de diciembre de 2026, se podrá escalar
hasta 5 CV por TN en relación pesos potencias. A partir del 31 de Diciembre será
de 6 CV por TN y así dejaran de escalar un montón de modelos que no están realmente
preparados para este peso. Y algo más a tener en cuenta la antigüedad de la
unidad que no podrá ser superior a 20 años, para PBT de 49,5 TN a 52,5 TN y de 15 años para los de 55.5 TN.
Como decimos, desde el fin de este año los camiones escalables
deberán cumplir con la relación peso potencia de 6 CV por TN. Se termina los
famosos 5 CV por TN hasta ahora permitidos.
“Para el 31 de diciembre de 2026 en Argentina, la normativa estipula que los camiones escalables (que superan las 45 toneladas) deberán contar con una relación potencia-peso de al menos de caballos de fuerza (CV) por tonelada (DIN/t) para categorías C, D y E, elevando los requisitos técnicos actuales de 5 CV. Así que a tener en cuenta, de no haber otra prórroga, cambiaran las relación peso potencia para tipificar camiones que van desde las 49,5TN hasta las 55,5 TN.”
“Las unidades nuevas o
usadas a escalar comprendidas entre el 1° de enero de 2023 y hasta el 31 de
diciembre de 2026, que dispongan de una relación potencia efectiva al freno
-peso bruto total combinado igual o superior a de CINCO (5) CABALLOS VAPOR
DIN/t +/-2% podrán operar, hasta cumplir la antigüedad de VEINTE (20) años,
transportando un Peso Bruto Total Combinado de CINCUENTA Y DOS COMA CINCO
(52,5) toneladas”.
Y por lo que sabemos el
gobiernos no autorizará otra prorroga, ya que la idea es aplicar la ley tal
como fue concebida en su origen.
Es decir, que hasta ahora
con 260 CV o más se podían mover 52,5 TN, pero a partir de 2027, se necesitaran
333 CV para mover 52,5 TN.
QUE DECÍA LA PRORROGA
Que, además se solicitó modificar la Disposición N°58/18 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, incorporando una nueva relación potencia efectiva al freno- peso bruto total combinado /intermedia entre CUATRO COMA VEINTICINCO (4,25) CABALLOS VAPOR DIN/t y SEIS (6,0)DIN/t, la cual sería de CINCO (5,0) CABALLO VAPOR DIN/t como una alternativa que contemple la no factibilidad de seguir escalando las configuraciones de vehículos con potencias comprendidas entre CIENTO NOVENTA Y UN (191) y DOSCIENTOS VEINTE (220) CABALLOS VAPOR DIN, más allá del 31 de diciembre de 2022 y de esa forma poder acceder a camiones con gamas de potencias intermedias entre DOSCIENTOS SESENTA (260) y TRESCIENTOS VEINTE (320) CABALLOS VAPOR DIN.
QUE DICE LA LEY PARA
2027…
A partir del 1° de enero
de 2027 los valores de potencia motriz de los tractores y tracto camiones,
nuevos y usados del parque, que escalen entre las CUARENTA Y CINCO (45)
toneladas y las CINCUENTA Y DOS COMA CINCO (52,5) toneladas deberán cumplir con
la relación potencia efectiva al freno - peso bruto total combinado, igual o
superior a SEIS 6,0 CABALLOS VAPOR DIN/t.















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