jueves, 16 de abril de 2026

SEGUIMOS CON LOS CURROS… NO ES OBLIGACIÓN EL CARTEL DE 80 KM/H SI ES TRANSPORTE INTERNACIONAL EXTRANJERO... SEPA POR QUE?... ES UN ABUSO DE AUTORIDAD....

algunas Policías de Provincias exigen cartel de 80 Km a transporte internacional

En las redes se ve un vídeo de un camionero Brasilero, que lo para la Policía de Entre Ríos para advertirle que no lleva en la cola del remolque el cartel de 80 Km/h. Y que según ellos esto es una infracción, que fue fotografiada y que por ser exhibido el cartel se le aplicó una multa de 50 mil pesos. Nunca me voy a cansar de decir DEBEMOS TERMINAR CON ESTOS CURROS… 

este camión no realiza una infracción por no tener el cartel de 80

Estos funcionarios que amparados en un control rutinario, han armado una caja recaudadora, no cumplen con la ley y por ello están cometiendo un delito penal.  Les decimos a estos funcionarios públicos que todo aquel transporte por carreta internacional que se encuentra en un tránsito aduanero, o transito suspensivo. En primer lugar están, amparado por la Aduana Argentina y el segundo,  por el acuerdo del ATIT o Acuerdo de Transporte Internacional Terreaste que es parte del ALADI. Y  Según la jerarquía normativa general, los tratados internacionales ratificados (como el de ALADI) de donde deriva el ATIT, suelen situarse por encima de las leyes nacionales ordinarias, pero por debajo de la Constitución, constituyendo un marco jurídico superior para la integración económica. 

el abuso de exigir el cartel de 80 Km obliga a llevarlo inclusive en transito a otro país.

Por lo que violar una dispersión de este acuerdo es violar un Ley de Rango Superior, a la Ley de Seguridad Vial de una Provincia,  lo cual es una conducta “grave” y más viniendo de un funcionario público como es un Policía.  Según el ATTI específicamente el Art. 32…..  Manifiesta que cuando un camión de Brasil o cualquier país limítrofe, realiza su VTV o RTO en el país de su origen. Esta verificación debe ser respetada por todos los países signatarios o firmantes. Que significa que las condiciones de seguridad y de circulación las impone la ley Brasil para sus camiones no la de Argentina, incluido tipo de luces, cartelería, franjas reflectantes, etc. Por lo tanto lo que indique la ley Argentina o de una Provincia, carece de relevancia legal. Ya que el tratado reciproco impone que lo que sea exigido para circular en Brasil, por ejemplo, aquí debe ser acatado, algo que desconoce la Policía de Entre Ríos. Y or esta situación muchos transportes se ven obligados a colocar el cartel de 80 Km, sin tener obligación de hacerlo, para evitar una multa.

este carretón no incumple ninguna ley por no llevar el cartel de 80 Km

Pero para reforzar esta explicación, nos vamos al Art. 34. Inc. C del ATIT, que  manifiesta que los vehículos habilitados en otro país deberán ser reconocidos por los otros, como aptos para “circular”  solo deberán cumplir las disposiciones de dimensiones, pesos, y otros requisitos técnicos, en relación al camión. No una cartelería que  no es un requisito técnico. Esto debe quedar claro

un camión brasilero obligado a llevar cartelería de 80 Km

Por lo que los camiones de cualquier otro país que no sea Argentina y que estén circulando en un tránsito aduanero, no podrá serle exigido la cartelería de 80 Km/h. Y menos aplicarle una multa pecuniaria, bajo ningún concepto. Realizar una detención o una multa de parte de la Policía o cualquier otro funcionario de control, por este tema, significa un claro  Abuso de Autoridad, así como abuso de derecho, que está penado por la ley, ya que constituye un delito. Y como tal no solo será responsable la autoridad de control, sino los jefes superiores de los funcionarios que relazan el control, así como su dependiente y podría alcanzar a la autoridad máxima de control provincial en las rutas, como podría ser el sectario de seguridad vial, o el Ministro de Transporte de la Provincia. Esto debe quedar claro, y de seguir con estas conductas, se debería realizar una denuncia ante el Secretario de Transporte de la Nación y ante la Embajada en este caso de Brasil, para que tomen cartas en el asunto, ya que se trata de transporte internacional, que ve afectado en su libre circulación, por funcionarios que no conocen la ley.  



solo en Argentina para un camión Argentino es obligatorio el cartel de 80 Km

    A los efectos de probar lo que decimos se acompaña foto de la multa y el importe aplicado para carecer del cartel de 80 Km. La misma fue labrada por la Policia de Entre Ríos en el control caminero de la Ruta 18, Km 136, Villaguay.




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