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esta empresa Tucumana fue una de las primera en sufrir la prohibición de Vialidad |
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aquí se ve el cambio del gomón por un neumático simple |
Una de las denuncias que más impacto
ha tenido en nuestra redacción, es la prohibición de Vialidad Nacional, de no
permitir la circulación de equipos escalables, que usan un gnomon en el eje
delantero. Esta noticia que ha venido siendo analizada desde hace meses por
nuestro medio, siendo el único en
Argentina en alertar sobre esta prohibición, no está haciendo más que afectar
las ventas de los camiones a GNC en especial de Scania, que es la que viene con
unos neumáticos súper ancho de fábrica.
Antes de explicar el abuso y la “burrada” que cometen los de Vialidad Nacional,
les vamos a explicar porque existe el gnomon en los camiones a GNC de Scania.
Scania como otros fabricantes, colocan los tanques de GNC en el chasis, a cada
costado se instalan 4 tubos, los que suman un total 8.
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asi se ve el super ancho que instala Scania a sus camiones GNC |
Estos tanques al ser
largos, exigieron en el caso de Scania, que se alargue la distancia entre ejes,
para poder colocar los mismos. Y como
ellos son pesados y están ubicados detrás pero tirados hacia el eje delantero, para que
no se pase el peso por eje delantero a la hora de cargar la unidad. Se optó por
colocar suspensión neumática y neumáticos súper anchos para optar por las 8 TN
como peso máximo en el eje, algo “permitido por la ley”. Es decir que los camiones Scania GNC, utilizan
la mayor distancia entre ejes que ofrece
el fabricante. Esta solución técnica, ya ha presentado algunos problemas entre
los que se encuentran, la no posibilidad de uso de los remolques más largos de
15,50 m, ya que quedan pasados en el largo total. de 18,60 m Por lo que CAFAS ,
ha presentado un reclamo al estado nacional para permitir que se autorice específicamente
un largo mayor para estos camiones para evitar que no haya competencia desleal
entre los diésel y el gas. Ya que ambos sistemas de impulsion deben poder
llevar los mismos remolques.
Por otro lado, la más polémica, es la que está llevando adelante Vialidad Nacional, quienes
manifiestan que como el gnomon o neumático súper ancho, no fue tratado en la ley
de Escalabilidad, prohíbe el uso en las Rutas Nacionales. Es decir yo me compro
un Scania a GNC, que ha obtenido su LCM, de parte del INTI (Ministerio de Producción)
y resulta que según Vialidad Nacional sirve solo para una configuración convencional
de hasta 45 TN de peso bruto. Pero aquí va lo más "Bruto" y no precisamente
el peso, voy a tipificar la unidad como escalable y la VTV/RTO, me dan la tipificación
para 49,5, 52,5 o 55, 5 TN, según el remolque, tractor y sus relación peso
potencia. Y ahora sí, cuando salgo a la ruta Vialidad Nacional, te detiene, te
multa y te secuestra la unidad. Es decir me como un garrón por culpa de estos
Burros, que todos aportamos como ciudadanos para su sueldo. Hasta cuándo vamos
a permitir que sigan con estos abusos esto señores, que nade entiende de técnica,
por lo que vemos.
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neumático 365/65 R 22,5 esta permito or ley |
El Decreto 32/18 que modifico la ley
Nacional de Transito 24.449 y que está en vigencia. En el Art. 27, inc 2
Estable los pesos por eje en cada configuración y sus tolerancia, en el mimos
hace referencia al uso de neumáticos Súper Anchos en ejes simples direccionales
o no. Es decir que pueden ser usados en la dirección, tanto delantera como
trasera, de buses y camiones.
Inclusive la Disposición 58/2018, sobre los controles
que deben realizar las VTV / RTO para la homologación de escalables, nada dice
respecto a la prohibición del uso de Súper Anchas. Es decir lo que no está prohibido
está permitido, por lo que los Escalables con neumáticos súper anchos en
el eje delantero con suspensión neumática está plenamente permitido.
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si no cambias el neumático no eslas |
DECRETO 32/18
Para el caso de vehículos destinados
al transporte de pasajeros y de carga, dotados de suspensión neumática o
equivalente, los pesos máximos por eje o conjunto, se incrementan un CINCO POR
CIENTO (5%) sobre los fijados en la Ley, siempre y cuando no sobrepasen el peso
máximo establecido para el vehículo o combinación. Esto es válido para aquellos
vehículos que hayan sido diseñados originalmente con suspensión neumática. Este
CINCO POR CIENTO (5%) ya está incluido en el caso de las cubiertas superanchas.
2.1. Entiéndese como cubiertas
superanchas a las descriptas en la siguiente tabla o medidas intermedias:
2.1.1. El empleo de cubiertas
superanchas se permitirá a los vehículos equipados con suspensión neumática y
que hayan sido diseñados originalmente con este tipo de neumáticos. Toda
adaptación o modificación del diseño original de fábrica deberá hacerse bajo
responsabilidad y con expresa autorización del fabricante no admitiéndose
ningún otro tipo de certificación.
2.1.2. Las mismas cubiertas
superanchas no pueden utilizarse en ejes de tracción (eje motriz), excepto en
la maquinaria especial.
2.1.3 Las cubiertas superanchas
podrán ser utilizadas en sus ejes delanteros simples o direccionales, con
independencia del tipo de vehículo de que se trate, con las condiciones
establecidas en el punto 2.1.1.
2.1.4. Para los vehículos que no
hayan sido diseñados originalmente con suspensión neumática de fábrica o
aquéllos equipados con suspensión mecánica que utilicen cubiertas superanchas,
resultará aplicable el peso máximo de SEIS MIL KILOGRAMOS (6.000 kg) de peso
total por eje, con excepción de los vehículos especiales debidamente
reglamentados.
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neumático prohibido por Vialidad Nacional |
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neumático prohibido por Vialidad Nacional |
Nada dice la ley de que no se pueden
usar en tal o cual configuración. Y esto lo decimos ya que un funcionario al
que consultamos, no manifestó que esto se debía, “porque el uso de neumáticos súper
anchos no estaba contemplado en el decreto de escalabilidad”. Es no es así y demuestra otra vez más como Vialidad
Nacional comete un abuso de autoridad y de derecho, toda vez, que la ley
engloba a todos los vehículos que están vinculado a la carga. Es decir nada dice sobre que el neumático súper ancho es para
tal o cual combinación. Solo dice que se deberán utilizar en ejes direccionales
o fijos, simples, con suspensión neumática de fábrica o reformados pero
homologados. Y que su peso máximo de carga en el eje será de 8 TN, conforme
tabla de pesos máximo, nada más…. De donde sacaron que un camión a GNC con súper
anchas en el eje delantero no puede circular
como escalable. Son unos Burros Totaleeeeeessss….. Un abuso cometido de parte de Vialidad ocurrió,
la semana pasada en la localidad d Villa Nueva Pcia. de Córdoba, conocida esta
localidad por los contantes abuso que cometen contra el transporte de carga. En
dicha localidad fue secuestrada una unidad Scania R 410, nueva que circulaba con
carga correspondiente a una unidad escalable para 52,5 Tn. El camión circulaba
en forma correcta para lo que fue habilitado como tal, mediante su tipificación
tanto del fabricante que lo vende como escalable, como para su remoque que
fueron aparvados como tales en la VTV/RTO.
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Dieciochoruedas fue el primer medio en advertir este problema |
Es de no creer el grado de desconociendo
técnico de esta gente, que usa la ley para su conveniencia, valla a saber con
que fines.
Pero esto no termina aquí, el gomo
con suspensión neumática y 8 TN de peso máximo
en el eje delantero, no genera ninguna sobre carga al suelo, por lo que no destruye
la ruta y no representa ningún peligro ni para la conducción, ni para la estabilidad
del vehículo. Entonces donde está la peligrosidad para la circulación o el daño
a la infraestructura Vial. Por lo que esta actitud es un claro abuso de autoridad
y de derecho, que afecta al transporte y es una conducta delictual, ya que está
penada en el Código Penal Argentino.
Este reclamo, de la prohibición del
uso del gomon, fue en su momento expresado de parte nuestra ante autoridad técnica
de Scania Argentina, quienes en su momento
no mencionaron que estaban realizando los reclamos pertinentes, ante el
Ministerio de Transporte. Pero vemos que hasta ahora no han tenido resultados,
pues siguen deteniendo camiones Scania GNC escalables por todo el país. Volviendo a los funcionarios que no funcionan,
deberían dedicarse a otra actividad, ya que no se puede creer que un camión que
cumple con todas la normas de seguridad
y fue aprobado su comercialización con la LCM correspondiente, no puede escalar
según ellos, porque no fue tratado el tema del gnomon o súper anchas en la ley
de escalabilidad. En qué país viven….? Recordemos
que estos abusos abren la puerta de que las a empresas afectadas inicien
acciones legales tanto civiles como penales por estos abusos, sin ningún sentido
técnico, ni de seguridad vial.
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solo con esta ruedas podes escalar según Vialidad, un abuso |
PARA LOS TÉCNICOS DE VIALIDAD
NACIONAL: Beneficios de utilizar
neumáticos súper anchos en el eje direccional de un camión.
En primer lugar estos le permiten una
mayor estabilidad direccional, y más en caminos como los de argentina, que están
muy deformados.
Al tener más superficie de contacto,
distribuyen mejor la carga, por lo que su durabilidad des mayor al de un neumático
radial convencional, durando hasta más de un 30%.
Al tener mayor superficie de
contacto, a la hora de un frenado de pánico del camión, permite un control
mayor de la unidad, así como su mayor superficie permite reducir la distancia
de frenado.
Los súper anchos también reducen el
daño de rotura de la calzada ya que al distribuir mejor el peso que carga sobre
el eje, trasmiten la carga más repartida y evita la deformación permanente del asfalto.
Finalmente el uso de Súper Ancho, está
incrementándose en el mundo, así que en vez de preocuparse por superficialidades, actualícense sobre las nuevas
tecnologías y aplíquela al transporte Argentino.
Entonces dejen de prohibir soluciones
técnicas que ayudan a la seguridad y benefician la vida útil de la
infraestructura carretera…
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para circular te obligan a cambiar las ruedas... |
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debieron cambiar las ruedas para seguir |
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esta es la prueba del abuso de unos burros...¡¡¡¡ |