![]() |
| Córdoba aumenta el monto de las multas de transito |
Hoy se dio a conocer que la Provincia de Córdoba, ha
aumentado el monto de sus multas viales en un 10%, lo que hay que tener en
cuenta y más en esta época del año donde comenzaran prontamente las vacaciones
de verano.
Pero lo que muchos no saben es que así como se multa la alta velocidad
también se sancionara la baja velocidad es decir la que está por debajo de la mínima.
Que en el caso de la autopista Rosario – Córdoba es de 60 Km/h. Ningún vehículo
incluido camiones no pueden circular por debajo de los 60 Km/h, ya que se están
transformado en una obstrucción a la circulación fluida de la autopista.
También la muy baja velocidad de circulación de los camiones cargados, afecta
la infraestructura, generando daños en la estructura de las rutas. Solo hay que
ver cómo está la mano derecha en especial bajando de Córdoba hacia Rosario.
Igualmente la baja velocidad en especial de camiones muy viejos, ha generado en
el último tiempo, graves accidente por la modalidad alcance, por diferencia de
velocidades. Generando para el Estado innumerables gastos, como asistencias de
bomberos, asistencias con ambulancias e internaciones de conductores lesionados, que pagamos todos.
La Resolución de la Dirección General de Prevenciones de Accidentes de Tránsito, publicada este lunes en el Boletín Oficial, las sanciones tendrán un ajuste del 10,2 por ciento en relación a noviembre. Que como vemos está muy por encima del índice de inflación para el mes de Noviembre del 2.5%.
![]() |
| se controlará la baja velocidad para prevenir siniestros |
LOS FUNDAMENTOS PARA SANCIONAR LA BAJA VELOCIDAD…
En primer lugar, Obstrucción del tránsito: Circular muy lento puede generar embotellamientos y dificultar el paso de otros vehículos, aumentando el riesgo de choques. En segundo lugar, Prevención de siniestros: La velocidad mínima es para mantener un flujo seguro; ir muy lento, especialmente de noche o en condiciones adversas, es peligroso.
Según la normativa vial de Córdoba establece:
Unidad Fija de Multa (UF): El valor de la UF se actualiza, y
las infracciones graves (como exceso de velocidad o falta de velocidad mínima
en autopista) pueden costar entre 100 y 200 UF, con montos que superan los
$148.800 y pueden llegar a $297.600 o más, dependiendo del valor actual de la
UF.
Límites en Autopistas: Para automóviles, el límite máximo es
de 130 km/h, pero también existe una velocidad mínima (generalmente 100 km/h),
en el caso de los camiones la máxima es de 80 Km/h y la mínima es de 60 Km/h.
Recordar que en donde no se establece una velocidad mínima
como ocurre en la Autopista Rosario – Córdoba, que es de 60 Km/h, la velocidad mínima
es la mitad de la máxima.
Las multas irán la más leve de $ 34.000 hasta $ 3.400.000
para la más cara. Aunque hay que tener en cuenta que las multas se fijan en relación
a unidades fijas vinculadas al valor del litro de la nafta Súper. Y hay que
recordar que esta está en aumento permanente con los micros aumento. Así que a
tener en cuenta para los que viajan a Córdoba, el que avisa no traiciona…
saludos…
![]() |
| Resolución Nro. 59 que establece un incremento del 10,2% de monto de las multas |


.jpg)

No hay comentarios:
Publicar un comentario